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¿Sabes qué documentación debes revisar antes de comprar una vivienda?

Para evitar sorpresas, hay que asesorarse bien ante la compra de una vivienda. Recuerda que cuentas con asesores inmobiliarios y con el Administrador de la Comunidad para recabar alguna de esta información.

Si la vivienda que deseas comprar es de 2ª mano deberás revisar:

1. Título de propiedad del transmitente.

2. Último recibo anual IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles o Contribución Urbana).

3. Certificado comunidad propietarios que acredite que el vendedor está al corriente de pago de los gastos de comunidad.

4. Titularidad y estado de cargas de la vivienda (Nota Simple del Registro de la Propiedad).

5. Últimos recibos de servicios al corriente de pago: agua, luz, gas, etc.

6. ITE, Inspección Técnica de Edificios, regula la conservación de los inmuebles. (Depende de la Comunidad Autónoma, Obligatoria en algunas en viviendas con más de 20 años)

Si compra una vivienda en promoción, la información disponible varía un poco ya que no existe la comunidad de propietarios, que se suele constituir una vez entregadas todas las viviendas.

Tampoco existe el IBI, y en el Registro puede aparecer únicamente la finca matriz, sin identificar cada una de las viviendas ya que el promotor todavía no ha realizado la División Horizontal.

1. Nombre o razón social del promotor, domicilio y datos de inscripción en el Registro Mercantil.

2. Planos de situación del inmueble y de la vivienda.

3. Descripción de la vivienda: superficie útil, servicios y suministros, zonas comunes, medidas de seguridad, etc.

4. Memoria de calidades.

5. Datos de inscripción del inmueble en el Registro de la Propiedad.

6. Contrato con sus condiciones generales y especiales (precio, forma de pago, plazo de entrega…).

Si yo compro libre de cargas, ¿por qué me reclama la Comunidad?

La Ley establece que un propietario responde de las deudas comunitarias generadas durante el año de la adquisición de la vivienda y en los tres años anteriores a la misma, por tanto es lógico que la Comunidad de Propietarios reclame la deuda a esta persona, pues el Administrador y/o el Presidente no entran en cuestiones privadas de las compra-venta.

El vendedor, debió entregar al comprador un certificado de deuda emitido por el administrador a la firma de su escritura de compra, para acordar el pago de esa deuda por una parte u otra, etc. Si el vendedor le ocultó información, podrá reclamarle judicialmente, pero la Comunidad seguirá reclamando la deuda a usted.